Jurisdicción de menores

El Juzgado de Menores es el órgano encargado de conocer los delitos y faltas cometidos por menores de edad, siempre que se trate de jóvenes entre los 14 y 18 años en el momento de los hechos. os menores de 14 años son inimputables penalmente, por lo que en estos casos interviene el sistema de protección de menores en vez de la jurisdicción penal. También instruye los expedientes, se encarga del enjuiciamiento de los menores infractores y de la imposición y seguimiento de las medidas acordadas.

Fiscalía de Menores

La actuación del juez de menores está orientada a la protección de los derechos del menor al tiempo que asegura la correcta aplicación de las medidas sancionadoras.

La Fiscalía de Menores tiene un rol fundamental en este ámbito, puesto que se encarga de la investigación de los hechos delictivos, de la instrucción preliminar del expediente y de ejercer la acusación en el juicio. El fiscal de menores tiene la responsabilidad de proponer las medidas más adecuadas para la corrección y rehabilitación del menor. Asimismo, la Fiscalía colabora estrechamente con el juez de menores durante todo el procedimiento.

Fases del procedimiento judicial en el Juzgado de Menores

El procedimiento en la jurisdicción de menores sigue unas fases similares a las del sistema penal de adultos, pero con adaptaciones especiales para proteger al menor y asegurar su reeducación.

La fase de instrucción comienza cuando se conoce que un menor ha cometido un hecho delictivo. Esta fase está bajo la dirección del fiscal de menores, quien recoge pruebas; realiza investigaciones iniciales; y pide la colaboración de otros profesionales (psicólogos, trabajadores sociales) para evaluar las circunstancias personales y familiares del menor. Durante esta fase, el fiscal podrá solicitar al juez de menores que adopte medidas cautelares si existe riesgo de fuga, reiteración delictiva o si es necesario para proteger al menor o a las víctimas.

Concluida la instrucción, si se determina que existen suficientes indicios, se procede al enjuiciamiento. El juicio se celebra ante el juez de menores, que escucha a todas las partes:

El juicio se celebra a puerta cerrada para proteger la intimidad del menor y se procura que el ambiente sea menos formal que en los procedimientos para adultos, buscando minimizar el impacto negativo que pueda tener sobre el menor.

Finalizado el juicio, el juez dictará resolución en la que podrá declarar la inocencia del menor si no se prueba su participación en los hechos; o declarar la responsabilidad penal del menor y establecer las medidas correctoras correspondientes.

Les mesures que el jutge de menors pot imposar varien en funció de la gravetat dels fets i de la situació personal del menor. Algunas de las más comunes son el internamiento en régimen cerrado o semiabierto en centros específicos para menores; la libertad vigilada, con la obligación de cumplir ciertas pautas de conducta; la prestación de servicios a la comunidad; o el tratamiento ambulatorio o residencial en casos de problemas de adicciones o trastornos psicológicos.

El objetivo principal de estas medidas es siempre la reeducación y reinserción social del menor.

Un cop imposades, les mesures han de ser executades i supervisades. El jutge de menors té l’obligació de fer un seguiment del cas, que és crucial per avaluar l’evolució del menor i, si escau, modificar o adaptar les mesures en funció de les necessitats i els progressos.

Contar con un abogado penalista especializado en la jurisdicción de menores es vital en cualquier procedimiento judicial en el que esté implicado un infractor menor. Dado que el sistema de justicia juvenil tiene una serie de características y principios que lo diferencian del sistema penal de adultos, la intervención de un abogado con conocimientos específicos en esta área es crucial para asegurar que se respeten los derechos del menor y se consigan los mejores resultados posibles para su reintegración social.

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